GESTIÓN DEL SUELO. ACTUACIONES AISLADAS; PARCELACIONES; EDIFICACIÓN; CESIONES DE SUELO; TRANSFERENCIAS Y RESERVAS DE APROVECHAMIENTO IDEA DE LA LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN
Me ha encanta esta referencia que encontré hace unos días en la web de los notarios y registradores:
de los Notarios D. José Carmelo Llopis Benlloch y D. Gaspar Peral Bernat.
Dentro de un lenguaje técnico medianamente comprensible, da una aproximación a los supuestos prácticos asociados a la gestión del suelo. Explica entre otros ese fenómeno de “la función pública urbanística“, que se puede ejecutar, por:
1. La Administración, mediante sistemas de cooperación y expropiación.
2. De forma indirecta, por los particulares. Y en este caso de actuación privada, atribuyendo esa actividad:
a. Sólo a los propietarios de los terrenos o a algunos de ellos (sistema de compensación).
b. A un tercero, sea o no propietario del suelo. El urbanizador es designado por el Ayuntamiento, entre quienes presenten su proyecto al Programa. El propietario puede optar, bien por abandonar su propiedad recibiendo su valor en dinero o bien, sumarse a la acción urbanizadora a través de Agrupaciones de Interés Urbanístico, que al apoyar el Programa, provoca la adjudicación preferente del mismo. Esta figura del agente urbanizador se ha generalizado, a partir de la legislación valenciana (Castilla La Mancha, Castilla y León, Aragón, Cantabria, Madrid, Murcia, La Rioja, Extremadura).
Me parece un resumen bien estructurado de lo que es la gestión del suelo urbano y no urbano. Si quieres tirar del hilo de por qué algunos propietarios se ven acorralados por algunos agentes urbanizadores, aquí está la respuesta. Aquí y en la Ley Urbanística Valenciana de 30 de diciembre de 2005, por supuesto. O te integras en la Actuación, o te dan un dinerito. Dinerito, no mucho dinero.
Espero, Jorge, que esto responda a la pregunta que me hacías. Léetelo entero, que es muy explicativo.
Saludos!
Fran Díaz.



May 14th, 2008 at 9:41 am
Muchas gracias por la info Fran, es muy interesante.
Saludos!
Jorge Sánchez
http://www.elalpende.es
May 14th, 2008 at 9:43 am
De nada, Jorge.
Un saludo.
May 16th, 2008 at 10:02 am
[...] afectado por la crisis inmobiliaria es el suelo urbano residencial, especialmente el destinado a la construcción de viviendas en altura. No el resto de suelo, el dedicado a pastos, plantaciones, hotelero, producción industrial o [...]