Delitos urbanísticos, definición legal

Leo con fervor el blog de esPublico. Julio Tejedor clava el contenido, aportando detalles con los que suelo coincidir en gran medida.
Interesantísima la primera entrega de su mas que recomendable serie ¡Qué vienen los fiscales! La deficiente tipificación de los delitos “urbanísticos”.
En resumen, para los delitos especiales de promotores, constructores y técnicos directores, hay dos penas en la Ley:
a) «se impondrán las penas de prisión de seis meses a tres años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de seis meses a tres años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo una construcción no autorizada en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural o por los mismos motivos hayan sido considerados de especial protección» (art. 319.1 del Código Penal).
b) «se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de seis meses a tres años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo una edificación no autorizable en el suelo no urbanizable» (art. 319.2 del Código Penal).
Así que ya sabéis aquellos que me soléis llamar para preguntarme si podéis construir en vuestra tan especial finca rústica, ahí tenéis la primera entrega.
Estoy deseando la segunda entrega, Julio. Y si me permites el atrevimiento de proponer tema, yo os propongo la Ley de Desarrollo del Medio Rural.
Un saludo!
Fran Díaz.
Me llamo Fran Díaz. Fernando Alonso todavía no pilotaba cuando me sacaron esta foto en Mónaco, en el lugar de la parrilla que esa misma mañana había ocupado Michael Schumacher. Si quieres saber mas acerca de mí, puedes verlo en
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June 6th, 2008 at 11:53 pm
Asà es. Todos estos golfos de Marbella ya han pactado una pena de 3 años. Y despues … a disfrutar la pasta. Otra cosa es que se les procese por blanqueo de capitales o delito fiscal, cosa que no va a ocurrir. ¿Y los ayuntamientos? si tomaran la lista catastral y revisaran las propiedades una por una …, uy! no vamos a darles ideas, ahora que están en bancarrota.
June 9th, 2008 at 6:22 pm
[...] cómo rentabilizar terrenos sin uso. Por otra parte nos ofrece un interesante post acerca de los delítos urbanísticos que no os podéis perder. Como curiosidad os recomiendo que leáis un post sobre el plan [...]
June 10th, 2008 at 8:36 am
Hola, apymereco.
En efecto, a los ayuntamientos no les dés ideas, que ellos mismos las están buscando. Andan mal de ingresos con lo de la crisis.
Saludos!